Modelo 184 en Comunidades de Propietarios

Modelo 184 en comunidades de propietarios

¿Cuándo es Obligatorio Presentar el modelo 184

Como administrador de fincas en Málaga, es importante conocer las obligaciones fiscales que pueden afectar a las comunidades de propietarios. Uno de los modelos tributarios que pueden resultar relevantes es el Modelo 184, una declaración informativa relacionada con entidades en régimen de atribución de rentas.

¿Qué es el Modelo 184?

El Modelo 184 es una declaración informativa que deben presentar las entidades en régimen de atribución de rentas cuando cumplen ciertos requisitos. Su finalidad es informar a la Agencia Tributaria sobre los ingresos obtenidos y cómo se atribuyen a los comuneros o socios de la entidad.

¿Afecta el modelo 184 a las comunidades de propietarios?

Por lo general, las comunidades de propietarios no están obligadas a presentar el Modelo 184, ya que no se consideran entidades en régimen de atribución de rentas con actividad económica. Sin embargo, hay dos situaciones en las que sí deben presentarlo:

  1. Si la comunidad ejerce una actividad económica (por ejemplo, el alquiler de zonas comunes como locales comerciales, vallas publicitarias o instalaciones).
  2. Si los ingresos obtenidos superan los 3.000 € anuales, incluso si no hay actividad económica, por ejemplo el alquiler de la vivienda portería.

¿Qué información debe incluirse en el Modelo 184?

Si una comunidad de propietarios debe presentar el modelo 184, debe incluir los siguientes datos:

  • Identificación de la comunidad de propietarios.
  • Relación de los comuneros con su porcentaje de participación.
  • Rentas obtenidas y atribuidas a cada propietario.
  • Tipo de ingresos obtenidos (arrendamientos, rendimientos del capital, etc.).

¿Cómo y cuándo se presenta el modelo 184?

El Modelo 184 es de carácter anual y debe presentarse dentro del mes de enero del año siguiente al ejercicio declarado. Su presentación se realiza de manera telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Conclusión

Si tu comunidad de propietarios obtiene ingresos sujetos a tributación superiores a 3.000 € o desarrolla una actividad económica, debe cumplir con esta obligación fiscal, presentando el modelo 184. Como administrador de fincas en Málaga, te ayudo a gestionar este trámite y asegurar el cumplimiento de las normativas fiscales de tu comunidad.

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