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Logo de la Agencia Tributaria, en referencia al Modelo 347

MODELO 347 COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

A partir del 01 de Enero de 2014 las comunidades de propietarios estarán obligadas a presentar el modelo 347 a partir del año 2015, es decir, aquellos proveedores que facturen a las comunidades de propietarios más de 3.005,06 € al año, tendrán que ser declaradas en el modelo 347, informando así a hacienda de los pagos efectuados a dichos proveedores.

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