Publicación en el BOE Subvenciones Dividendo Digital
La Entidad Pública Empresarial Red.es, por la se convoca la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.
Los puntos más importantes a destacar sobre las subvenciones del dividendo digital son las siguientes:
- Las subvenciones podrán solicitarse entre 01-06-2014 y 30-06-2015
- Beneficiarios las comunidades de propietarios
- Subvención un máximo de 3 cabeceras por cada comunidad de propietarios, es decir, si una comunidad tiene 8 portales, con 8 cabeceras, tan sólo será subvencionable 3. Este punto en el borrador no estaba incluido.
- 280.000.000 € disponibles para la subvención. Hasta agotarse los fondos.
- Subvencionable para aquellas comunidades de propietarios que tuvieran instalada una centralita programable y, por lo tanto, no precisan de la instalación de equipamiento adicional la ayuda máxima prevista es de 100€ en todos los casos, con independencia de la zona geográfica. En las comunidades con amplificadores monocanales, la subvención prevista varía en función del número de múltiples digitales afectados, en cada zona geográfica. El importe máximo de la ayuda es el siguiente:
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- 1 múltiple digital: 150 €
- 2 múltiples digitales: 250 €
- 3 múltiples digitales: 350 €
- 4 múltiples digitales: 450 €
- 5 múltiples digitales: 550 €
- Se presentan las solicitudes telemáticamente por: https://ayudas.televisiondigital.gob.es/
- Es necesario la factura con los importes subvencionables, justificante de pagos, boletín del instalador, que debe coincidir con el emisor de la factura, presentar un recibo domiciliado donde figure IBAN + Cuenta corriente, y donde haya más de una cabecera presentar el Título Constitutivo de la comunidad.
Fuente de Información BOE 11657 Martes 11 de Noviembre de 2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/11/11/pdfs/BOE-A-2014-11657.pdf |