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Piden pena de cárcel por tocar el piano en su casa
Piden pena de cárcel por tocar el piano en su casa
Artículo interesante sobre actividades molestas en comunidades de propietarios. Donde el fiscal pide siete años y medio de cárcel y cuatro de inhabilitación a una joven de 26 años y sus padres por tocar el piano en horario diurno.

El artículo 4.2 de la Ley de Propiedad Horizontal dice lo siguiente:

2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas .

Esta noticia es relevante ya que juzga a una jovén por el ruido que hace al tocar el piano, está realizando actividades molestas a los demás vecinos de la comunidad. 

Esta joven es de Manresa, tiene 26 años, y empezó a estudiar música en Manresa y continuó en el Conservatorio del Liceo. Compagina sus estudios con conciertos y diversas giras. El tema está que practica constantemente del piano –de 9 a 13 horas y de 14 a 18- figura en los informes del fiscal.

Una vecina de la comunidad la denunció por ruido y contaminación acústica a la familia. El fiscal pide siete años y medio por contaminación acústica y lesiones psíquicas, y hace extensiva la denuncia a los padres de la joven, a los que considera cómplices. 

Este hábito incomodó a una vecina, que interpuso una denuncia que derivó en inspecciones del ayuntamiento de la ciudad y de la dirección general de Qualitat Ambiental, que señalaron que se superaban los límites legales. La denunciante sufrió ansiedad y llegó a abandonar temporalmente la vivienda, según el fiscal.

Ante los problemas causados, los padres de la joven dejaron el piso de alquiler y se trasladaron a una casa más aislada para que su hija pudiera desarrollar su talento sin problemas.

El letrado de la joven, considera que es excesivo que en caso de ir a juicio, se tendría que haber tratado de la “vía civil o administrativa”,por no “comparar el uso de un piano con el ruido de una discoteca o un aeropuerto”, algo que es equivocado e injusto”.

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